Ver el libro ”TRADICION, FAMILIA, PROPIEDAD - Un ideal, un lema, una
gesta”,
Parte II, Venezuela
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EL UNIVERSAL,
Caracas, Jueves 4 de Diciembre de 1986
Resistencia
y TFP Declaradas Inocentes por la Justicia
Pedro
Morazzani B.
La justicia venezolana, en dos procesos penales diferentes, declaró a la
Asociación Civil Resistencia y al Escritorio de Representación de las TFPs en
Caracas, inocentes de todos los delitos que les fueron incrimanados durante la
ofensiva publicitaria que estalló contra dichas entidades hace 2 años.
El 13 de noviembre de 1984, una decisión dictada por los ministros de Relaciones
Interiores y de Justicia suspendió las actividades de ambas entidades, alegando
la supuesta realización, por parte de éstas, de actividades contrarias a la
Constitución, en particular a la paz y a la estabilidad institucionales; la
comisión de actos lesivos al desarrollo pacifico y a la convivencia de la
familia venezolana, y contrarios a la pluralidad democrática; la violación
reiterada del deber de realizar actividades en beneficio del bienestar colectiyo
y de integrarse en el proceso educativo orientado hacia el desarrollo de la
personalidad, el ejercicio de la democracia, el fomento de la cultura y la
solidaridad humana...
Como se ve, un conglomerado de acusaciones vagas y heterogéneas, carentes
de todo fundamento, como lo demostró el ulterior pronunciamiento de la Justicia.
Una furiosa embestida publicitaria
Esa medida de suspensión, tomada a pedido del CEN de AD, se produjo en
medio de un feroz estruendo publicitario contra Resistencia y el Bureau TFP. Estruendo
que —dada la inspiración católica y el carácter anticomunista de las entidades
atacadas— asumió rápidamente las características de una persecución ideologico-religiosa
sin precedentes en la historia del país.
El punto de partida fueron dos acusaciones delirantes: presuntas actividades
paramilitares y participación en una fantasiosa confabulación para asesinar Su
Santidad Juan Pablo II. A estos infundios se agregaron otros: desde atentar
contra la “unidad de las familias”, hasta constituir una “secta satánica”.
Dichos ataques ocuparon en pocas semanas no menos de 700 noticias o
artículos de diarios y revistas, además de espacios de radio y televisión.
Resistencia y el Bureau TFP se defendieron con valentía, en extensas réplicas
que mostraban la inconsistencia de las acusaciones. Pero los agentes del
estruendo haciendo caso omiso de esos desmentidos, volvían a la carga con las
mismas calumnias.
Episodio característico del clima en que transcurrió el estruendo fue la sesión
de apertura de la investigación que la Comisión de Politica interior de la
Cámara de Diputados realizó sobre Resistencia, sesión plagada de graves
anomalías que la desvirtuaron completamente.
Familias defienden en bloque a Resistencia
La acusación de que Resistencia atentaba "contra la institución de la
familia" también cayó definitivamente por tierra, al ser descartada por
la justicia. Además, en declaraciones, los familiares de los miembros de
Resistencia asumieron la defensa de la entidad y repudiaban enérgicamente
todas las acusaciones lanzadas contra ella.
Este apoyo fue ignorado por los mass media, que sólo daban oídos a un minúsculo
grupo de padres hostiles a la posición católica tradicional y anticomunista de
sus hijos miembros de Resistencia. Así se alimentaba el estruendo.
Proceso judicial restablece la verdad
Otro hecho capital pasó desapercibido para el gran público: cuando se dictó
la medida que suspendía las actividades de Resistencia y del Bureau TFP, estaban
en curso dos procesos penales que investigaban los hechos atribuidos a
aquellas. Pero el Ejecutivo se anticipó, en forma inexplicable, a los veredictos
judiciales, medida que penalistas, politicos y hombres de prensa públicamente calificaron
de despótica y gravemente cuestionable desde el punto de vista constitucional.
El primer juicio, iniciado el 3 de agosto de 1984 en base a una denuncia
anónima, fue decido por el Juez Primero de Primera Instancia en lo Penal el 14
de septiembre, declarando a Resistencia exenta de cualquier delito o falta. La
sentencia fue confirmada posteriormente por el Juzgado Superior Duodécimo en lo
Penal el 24 de octubre de ese mismo año.
A este fallo la Fiscalía General de la República interpuso recurso de casación.
Sin embargo, el 19 de diciembre de 1984 el Fiscal Segundo, representante del
Ministerio Público ante la Corte Suprema de Justicia, envió a la Sala de
Casación Penal de dicha Corte una comunicación absteniéndose de formalizar dicho
recurso, por reconocer que la decisión favorable a Resistencia se ajustaba
enteramente a derecho. Así, la causa quedaba definitivamente cerrada a favor de
Resistencia.
Nuevo proceso, nueva victoria
El segundo proceso penal fue abierto a pedido de Resistencia el 6 de noviembre
de 1984, en pleno auge del estruendo publicitario. La iniciativa mostraba
hasta qué punto la Asociación estaba segura de su inocencia.
A pesar de los esfuerzos de los adversarios de Resistencia y de la TFP
para perturbar el proceso, el 30 de diciembre de 1985 el juez decimocuarto de
Primera Instancia en lo Penal, Dr. Saúl Ron Braasch, declaró terminada la
averiguación por no revestir carácter penal los hechos denunciados. Esta
sentencia fue confirmada el 15 de mayo de 1986 por el Juzgado Superior Décimo
en lo Penal, quedando así como sentencia definitivamente firme. Dicho Juzgado
cursó sendas notificaciones a los ministros de Relaciones Interiores y de
Justicia, así como al Fiscal General de la República, comunicándoles que los
hechos incriminados a la Asociación Civil Resistencia y al Bureau TFP "no
revisten carácter penal, o sea, no son delictuosos".
Con esto quedaron deshechas todas las calumnias que sirvieron de combustible
al estruendo publicitario. Hecho que frustró al semanario del PCV [Partido
Comunista Venezolano] y llenó de alegría y esperanza a todos aquellos
venezolanos que sampatizan con los ideales de Tradición, Familia y Propiedad,
principios básicos de la Civilización Cristiana.